Se trata del DNU 823/21 con el que el ex presidente Alberto Fernández habría abierto una vía legal para que se que tengan lugar las ventas de pólizas a otros organismos estatales con sobreprecio.
Esta decisión fue oficializada en el Decreto 747/2024, publicado en el Boletín Oficial, bajo la firma del presidente Javier Milei, del Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
Según precisó el Gobierno en el Boletín Oficial, «La Administración Nacional, las empresas y sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas organizaciones empresariales en donde el Estado posea una participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias tendrán un plazo de 30 días para proveer a la Jefatura de Gabinete de la Nación y al Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado la documentación requerida».
«No se considerará que existe una ventaja, beneficio o preferencia en los contratos y convenios interadministrativos de provisión de bienes o servicios cuando el único proveedor disponible sea una jurisdicción o entidad del Sector Público Nacional», subrayaron.







