Lacalle vetó la ley forestal, porque la norma “vulnera derechos” e impacta en la economía

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Montevideo, Uruguay, 31 de Octubre 2019 Reunion entre Luis Lacalle Por y Guido Manini Rios. Foto: Gastón Britos / FocoUy

El presidente Luis Lacalle Pou entregó al senador Guido Manini Ríos, líder de Cabildo Abierto, un texto con el veto a la ley forestal que aprobó el Parlamento este miércoles con votos cabildantes y frenteamplistas, informó Telemundo. La nueva norma limita las áreas que pueden ser forestadas y modifica lo establecido por la Ley Forestal N° 15.939, del año 1987.

El presidente ya firmó el veto y aún resta que ministros estampen su aprobación para que ingrese a la Asamblea General.

«El Poder Ejecutivo entiende que la promulgación de la Ley a consideración apareja una afectación de la cadena productiva forestal con impacto en la economía nacional y constituye una norma que contrasta con las normas y principios constitucionales que se detallaran y que algunos fueran recogidos en la Ley Forestal N° 15.939 que, además, es una ley de fomento por oposición a la que se veta a través del presente», dice el texto del veto.

“El texto aprobado por el Parlamento vulnera los derechos de propiedad, libertada y de trabajo» establecidos en la Constitución de la República, «limitándolos sin que surjan las razones de interés general, constitucionalmente exigidas», agrega el Poder Ejecutivo en el texto del veto que recibió Manini.

Este es el primer veto del presidente Lacalle Pou.

Los argumentos

El texto completo del veto fue difundido este jueves por El Observador y se transcribe a continuación:

«Señora Presidente de la Asamblea General

El Poder Ejecutivo se dirige a ese Cuerpo, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 137 y siguientes de la Constitución de la República, a los efectos de observar el Proyecto de Ley por el que se establecen normas relacionadas con los suelos de prioridad forestal,

sancionado por el Poder Legislativo.

Dichas normas se observan en forma total por razones de juridicidad, así como por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, de conformidad con los fundamentos que se exponen a continuación.

En primer término, es dable señalar que el Poder Ejecutivo tiene a su cargo el cometido esencial de fijar y conducir las políticas sectoriales, lo que comprende la competencia en el diseño y ejecución de la política en materia forestal, tanto a nivel de producción como de industrialización. 

En segundo lugar, si bien es posible que, jurídicamente, el Estado regule o modifique la regulación ya existente en diferentes materias, debe tenerse presente, los derechos fundamentales y principios jurídicos, entre otros, de libertad, legalidad y seguridad jurídica reconocidos, entre otros, en los artículos 7, 10 y 36 de la Constitución de la República.